La ley 14.346 establece penas de hasta un año para quien maltrate o haga “víctimas de actos de crueldad” a los animales. Los caballos destinados a tareas de acarreo parecerían no estar incluidos en estas sanciones por lo que se vive en la práctica. Aun con refuerzos locales en diferentes distritos, los carros siguen siendo una constante para muchas faenas urbanas de los llamados “carreros”.

De hecho, ocurre todo lo contrario a lo que la ley promueve. Nancy Gorro, vocero del grupo Caballos Sin Carros Esteban Echeverría, en la provincia de Buenos Aires, pone sobre el tapete una serie de problemáticas conjuntas que deja a la vista este fenómeno: “La tracción a sangre involucra varias partes: el caballo, el carrero y los ciudadanos. Todos deben tener garantizados los derechos como parte de la sociedad, ninguno es menos que el otro”.

En mi último #reportaje para @lanacionrevista ponemos en #debate el #maltratoanimal de los #caballos y el dilema de cómo transformar una convivencia pacífica que garantice los #derechos de todos.

#FlaviaTomaello #crónica #periodismo #journalism

https://www.lanacion.com.ar/la-nacion-revista/una-vida-nueva-para-los-caballos-que-padecen-trabajos-forzados-en-condiciones-de-maltrato-nid21032023/